Quiero compartir información sobre la situación legal en la que se encuentra esta cuestión para ponernos al día.
1º El revuelo es importante. La industria del Cangrejo Rojo ha recibido el apoyo de la administración y se está presionando para establecer los criterios de aplicación de la Sentencia. Las federaciones de pesca igualmente están en plana movilización.
2ºNo me consta, no he encontrado que se encuentre abierto plazo alguno para alegaciones relacionadas con la aplicación de la Sentencia. Aquí tenéis el plazo de los procesos de participación pública abiertos por el Ministerio
3º El acto formal contra la Sentencia más relevante es el incidente de nulidad planteado por la Federación Española de Pesca
. Ellos mismos reconocen que no tendrá recorrido. Es un ataque al fundamento de la Sentencia basado en la pericial del Catedrático de Córdoba poniendo en evidencia la "frivolidad" del mismo. Es un alegato a favor de la Carpa
4º Puede existir al posibilidad de construir la regulación del koi curiosamente en las normativas autonómicas de protección y bienestar animal que regula la tenencia de animales domésticos. El problema es que es un proceso autonómico y no nacional. Pero es un camino posible hoy en algunas comunidades que están tramitando procesos legislativos en esta materia.
No obstante a lo anterior propongo que, como asociación, presentemos alegación al ministerio "a los efectos oportunos" y en particular de evuantuales procedimientos relacionados con la aplicación de la Sentencia.
La estructura de la alegación sería:
1º El koi. Descripción. Historia. Consideración animal doméstico. Interés económico. Relevancia o alcance social
2º El koi en otras legislaciones europeas.
3º Caracterización de la afición del koi en España.
4º Consecuencias, impacto de la aplicación de la Sentencia en caso de consideración de su aplicación al koi
5º Regulación del koi como animal doméstico.
6º Propuesta excepción en caso de entendimiento de asimilación a la carpa común. -defensa y asunción posición federación e pesca sobre la carpa común-.
Por tanto sugiero que nos organicemos para escribir la alegación sobre estas consideraciones o las que entendáis más oportunas.
Podríamos ir facilitando informes a incorporar como anexos describiendo los puntos de la alegación. Cuanto más especializado sea su autor, mejor.
¿Os parece adecuada la apropueta?
Gracias